domingo, 31 de enero de 2010

Comentario

Hola a todos:
 
Solamente dar la enhorabuena y felicitar en general al interés mostrado por iniciar el Blog, creo que puede ser una herramienta muy útil para nosotros, gracias a todos.
 
Un abrazo.
 
Emilio.
 
P.D. Propongo primera tertulia a iniciar: "CAMBIO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN", nos afecta a la mayoría y teniendo en cuenta que nos obligaron entre comillas a entrar en clases pasivas a los 63 años, que pasara nos descontaran el porcentaje de dos años mas de la parte de la Seguridad Social y por tanto de dicha cuantía no obtendremos subidas salariales anuales del IPC, yo lo voy a preguntar antes de que la ley salga, por lo menos para que tengan nuestra reivindicación ya que en el contrato que firmamos no aparece nada sobre posibles cambios en la Reforma de las Pensiones, salvo error mío. ¿En el Convenio Especial que estamos integrados pondrá algo de esto?, no estaría mal hacernos con el, supongo que esto lo tendrá la Seguridad Social y el Banco, intentémoslo por ambos lados.
 

1 comentario:

  1. Hola a todos:
    Con relación a lo comentado pot Emilio sobre la nueva Ley, no esta de más hacernos con el texto del Convenio Especial de la Seguridad Social.
    Ahora bien, esta ley que se dice saldrá sobre las prejubilaciones y que realmente creo va a salir, se dice que este asunto comenzará en el año 2.013 y que se ampliaran en 2 meses por cada año que pase de forma que sea obligatoria a los 67 años para todos, así es que será prenamente vigente en el año 2.025 y en esa fecha poco nos afecta.
    Tampoco creo que se puedan hacer leyes con caracter reoactivo, de tal manera que creo que lo nuestro siga igual.
    Finalmente creo que aunque no sea así, para que nos suponga un año en el retraso de la edad de jubilación, tendremos que irnos al 2.018/2.019 por lo que no afectaria a los que tengamos ahora mas de 55 años.
    Bueno y despues de este toston, ES MEJOR QUE NOS PROCUREMOS EL TEXTO DEL CONVENIO ESPECIAL.
    Saludos a todos

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